Articulo 265 Reglamento 2/2011 de la Carrera Judicial
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»Artículo 265.
Vigente
Quien resulte nombrado magistrado emérito deberá, antes de tomar posesión del cargo, prestar juramento o promesa ante la Sala de Gobierno.
El plazo para la toma de posesión ante la Sala de Gobierno será de veinte días naturales a contar desde el siguiente al de publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 09-05-2011 en vigor desde 29-05-2011