Articulo 264 TR de la Ley... y paisaje

Articulo 264 TR. de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje

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Artículo 264. Concepto de infracción.

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1. Son infracciones urbanísticas las acciones y omisiones tipificadas y sancionadas en este texto refundido.

2. Cuando un mismo hecho pueda ser tipificado como infracción en distintas leyes protectoras del territorio, del urbanismo, del paisaje, de los recursos naturales o del patrimonio histórico, se aplicará solo la sanción más severa de las previstas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 16-07-2021 en vigor desde 17-07-2021