Articulo 264 Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo
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»Artículo 264. Publicidad.
Vigente
1. En los archivos administrativos municipales se anotarán las incidencias y contenidos de todos los convenios y se custodiará un ejemplar completo de su texto definitivo y de la documentación anexa de que pudiera constar.
2. En los términos de la legislación del procedimiento administrativo común y de conformidad también con esta Ley cualquier ciudadano tiene derecho a consultar los archivos municipales y a obtener certificación y copia de los convenios suscritos por la Administración, abonando las tasas a que hubiera lugar.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 04-07-2001 en vigor desde 04-09-2001