Articulo 264 Ordenación T... del Suelo

Articulo 264 Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 264. Publicidad.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. En los archivos administrativos municipales se anotarán las incidencias y contenidos de todos los convenios y se custodiará un ejemplar completo de su texto definitivo y de la documentación anexa de que pudiera constar.

2. En los términos de la legislación del procedimiento administrativo común y de conformidad también con esta Ley cualquier ciudadano tiene derecho a consultar los archivos municipales y a obtener certificación y copia de los convenios suscritos por la Administración, abonando las tasas a que hubiera lugar.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 04-07-2001 en vigor desde 04-09-2001