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Articulo 264 Atención y derechos de la infancia y la adolescencia

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Artículo 264. Recursos

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Contra las resoluciones que recaigan en los procedimientos sancionadores se pueden interponer los recursos administrativos y jurisdiccionales que legalmente resulten procedentes.

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  • Texto Original. Publicado el 28-02-2019 en vigor desde 28-05-2019