Articulo 264 Atención y derechos de la infancia y la adolescencia
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 264. Recursos
Vigente
Contra las resoluciones que recaigan en los procedimientos sancionadores se pueden interponer los recursos administrativos y jurisdiccionales que legalmente resulten procedentes.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-02-2019 en vigor desde 28-05-2019