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Articulo 262 Reglamento del Registro Mercantil

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Artículo 262. Cifra de capital.

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Las sociedades de inversión mobiliaria de capital variable presentarán anualmente en el Registro Mercantil, al mismo tiempo en que depositen sus cuentas, una certificación expedida por su órgano de administración, con firmas legitimadas notarialmente, en la que se indique la cifra efectiva del capital social suscrito al cierre del ejercicio económico. La certificación habrá de ser de fecha anterior en un mes, como máximo, a la presentación de las cuentas en el Registro.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-07-1996 en vigor desde 31-07-1996