Articulo 26 Vivienda de La Rioja

Articulo 26 Vivienda de La Rioja

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 26. Contenido del contrato de compraventa.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Las condiciones particulares del contrato de compraventa deberán reflejar el contenido de la información suministrada al comprador conforme a lo previsto en la presente Ley. En caso de discrepancia en perjuicio del comprador, éste tendrá derecho a una rebaja proporcional del precio o a una indemnización equivalente, sin perjuicio de su facultad de resolver el contrato, cuando sea procedente en los términos establecidos en la legislación civil.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 08-03-2007 en vigor desde 08-09-2007