Articulo 26 TR. de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo
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»Artículo 26. Publicidad de los convenios.
Vigente
1. En todos los municipios de Navarra existirá un registro y un archivo administrativo de convenios administrativos urbanísticos, en los que se anotarán éstos y se custodiará un ejemplar completo de su texto definitivo y, en su caso, de la documentación anexa al mismo.
2. El ejemplar custodiado en los archivos a que se refiere el número anterior dará fe, a todos los efectos legales, del contenido de los convenios.
3. Cualquier ciudadano tiene derecho a consultar los registros y los archivos a que se refiere este artículo, así como a obtener certificaciones y copias de las anotaciones y de los documentos en ellos practicadas y custodiadas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-08-2017 en vigor desde 01-09-2017