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Articulo 26 Supervisión prudencial de empresas de servicios de inversión

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Artículo 26. Gobernanza interna

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1. Los Estados miembros se asegurarán de que las empresas de servicios de inversión cuenten con sistemas de gobernanza sólidos, que incluyan todo lo siguiente:

a) una estructura organizativa clara con líneas de responsabilidad bien definidas, transparentes y coherentes;

b) procedimientos eficaces de identificación, gestión, seguimiento y comunicación de los riesgos a los que estén o puedan estar expuestas las empresas de servicios de inversión o de los riesgos que ellas supongan o puedan suponer para terceros;

c) mecanismos adecuados de control interno, incluidos procedimientos administrativos y contables sólidos;

d) políticas y prácticas en materia de remuneraciones que sean coherentes con una gestión de riesgos sólida y eficaz y la promuevan.

Las políticas y prácticas de remuneración mencionadas en la letra d) del párrafo primero serán no discriminatorias entre mujeres y hombres.

2. Al establecer los sistemas a que se refiere el apartado 1, se tendrán en cuenta los criterios fijados en los artículos 28 a 33.

3. Los sistemas contemplados en el apartado 1 serán adecuados y proporcionados a la naturaleza, escala y complejidad de los riesgos inherentes al modelo de negocio y a las actividades de la empresa de servicios de inversión.

4. La ABE, tras consultar a la AEVM, emitirá directrices sobre la aplicación de los sistemas de gobernanza a que se refiere el apartado 1.

La ABE, tras consultar a la AEVM, emitirá directrices de conformidad con el artículo 16 del Reglamento (UE) n.º 1093/2010 relativas a las políticas de remuneración no discriminatorias entre mujeres y hombres para las empresas de servicios de inversión.

En el plazo de dos años a partir de la fecha de publicación de dichas directrices, la ABE presentará un informe sobre la aplicación de las políticas de remuneración no discriminatorias entre mujeres y hombres por parte de las empresas de servicios de inversión que se basará en la información recopilada por las autoridades competentes.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 05-12-2019 en vigor desde 25-12-2019