Articulo 26 Solución de los litigios deportivos
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»Artículo 26. Infracciones y sanciones disciplinarias.
Vigente
1. Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves, conforme al artículo 126.2 de la Ley 5/2016, de 19 de julio.
2. Constituyen infracciones disciplinarias en materia deportiva las acciones u omisiones tipificadas por la Ley 5/2016, de 19 de julio, de conformidad con lo establecido en sus artículos 127 a 129, ambos inclusive. A dichas infracciones les serán de aplicación las sanciones que se prevén en los artículos 130 a 132, ambos inclusive, de la Ley 5/2016, de 19 de julio.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 26-11-2018 en vigor desde 31-03-2019