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Articulo 26 Servicios sociales de Navarra

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Artículo 26. Plan Estratégico de Servicios Sociales de Navarra.

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1. El Plan Estratégico de Servicios Sociales de Navarra ordenará el conjunto de medidas, recursos y acciones necesarias para lograr los objetivos de la política de servicios sociales, conforme a lo establecido en esta Ley Foral. Tendrá una vigencia de cuatro años.

2. Este Plan deberá:

a) Analizar, desagregando los datos por sexo siempre que sea posible, la situación social de la Comunidad Foral de Navarra, incluyendo el análisis de los servicios prestados y de la demanda existente.

b) Establecer las líneas estratégicas a seguir, los objetivos a perseguir y las acciones a llevar cabo para conseguirlos.

c) Establecer un cronograma de actuaciones y las entidades u órganos responsables.

d) Establecer un sistema de evaluación, control y seguimiento riguroso de todos los programas previstos en el Plan estratégico. La evaluación se realizará con carácter anual, y dará lugar a un informe público que deberá estar a disposición de las entidades locales, de los usuarios y de la ciudadanía en general.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-12-2006 en vigor desde 20-03-2007