Articulo 26 Reglamento ma...as locales

Articulo 26 Reglamento marco de coordinación de las policías locales

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Artículo 26. Naturaleza

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1. La Comisión de Ética y Transparencia en la Actividad Policial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears es el órgano de estudio, consulta y asesoramiento sobre las cuestiones de ética, transparencia y deontología que puedan afectar al servicio de la policía local con la finalidad de impulsar, desde la independencia e imparcialidad en su funcionamiento y en el marco de sus competencias, los principios éticos y las buenas prácticas en el servicio de los y las policías locales con la finalidad de contribuir a mejorar la calidad del servicio y constituir un espacio de reflexión para el debate ético en el campo de la seguridad pública.

2. La Comisión se adscribe a la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, competente en materia de policías locales, la cual debe asignar los medios personales y materiales necesarios para asegurar su funcionamiento.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-05-2019 en vigor desde 26-05-2019