Articulo 26 Radio y television de titularidad estatal
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»Artículo 26. Programación en procesos electorales.
Vigente
Durante los procesos electorales será de aplicación la legislación electoral. El órgano de comunicación con la Administración electoral será el Consejo de Administración de la Corporación RTVE a través de su Presidente.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 06-06-2006 en vigor desde 07-06-2006