Articulo 26 Radio y televisión de titularidad autonómica
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Artículo 26. Contratación.

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En materia de contratación, la RTVA y sus sociedades filia-les se regirán por la legislación sobre contratos de las Administraciones Públicas en la medida en que resulte de aplicación.

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  • Texto Original. Publicado el 26-12-2007 en vigor desde 15-01-2008