Articulo 26 Puertos de I Balears

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Artículo 31. Estructura básica.

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1. Puertos de las Illes Balears se organiza, en los términos que prevean los estatutos de la entidad, de acuerdo con la estructura básica siguiente:

a) El presidente, el vicepresidente y el Consejo de Administración son los órganos de gobierno.

b) El director gerente y el resto de órganos dependientes son los órganos de gestión.

c) El Consejo Asesor es el órgano de consulta y participación.

2. El Gobierno, a propuesta del Consejo de Administración, aprueba y modifica los estatutos mediante decreto.

Modificaciones