Articulo 26 Presupuestos 2024 I. Balears
Artículo 26. Suspensión de determinadas prestaciones de acción social
1. Se suspenden hasta el 31 de diciembre de 2024 las convocatorias y las concesiones de prestaciones y ayudas en concepto de acción social a favor del personal sometido al ámbito de aplicación del Decreto ley 5/2012, de 1 de junio, de medidas urgentes en materia de personal y administrativas para la reducción del déficit público del sector público de la comunidad autónoma de las Illes Balears y de otras instituciones autonómicas, salvo las siguientes:
a) Ayudas por hijos menores de dieciocho años.
b) Ayudas por la atención a familiares con discapacidad.
c) Ayudas por estudios del personal al servicio de la comunidad autónoma y de sus hijos.
d) Ayudas en compensación de gastos derivados de asistencia sanitaria.
e) Anticipos ordinarios y extraordinarios de retribuciones.
2. No obstante, a lo largo del ejercicio de 2024 y por acuerdo del Consejo de Gobierno, se podrán levantar las suspensiones relativas a otras prestaciones y ayudas, en función de las disponibilidades presupuestarias del ejercicio.
- Texto Original. Publicado el 30-12-2023 en vigor desde 01-01-2024