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Articulo 26 Presupuestos 2014 Extremadura

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Artículo 26. Autorización de los costes de personal de la Universidad de Extremadura.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 81.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, se autorizan los costes de personal docente e investigador, así como de administración y servicios de la Universidad de Extremadura para el año 2014, por los importes que se detallan a continuación.

Docente e Investigador:........63.994.090,00 euros.

Administración y Servicios:......24.440.101,00 euros.

En dichos importes no se incluyen las Cuotas Sociales a cargo de la empresa, ni las partidas que vengan a incorporar a su presupuesto la Universidad de Extremadura procedentes de las InstitucionesSanitarias correspondientes para financiar las retribuciones de las plazas vinculadas.

De igual forma no se incluyen los importes correspondientes al desarrollo del convenio de jubilación anticipada del personal docente e investigador de la Universidad de Extremadura.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2013 en vigor desde 01-01-2014