Articulo 26 Ordenacion de...e La Rioja

Articulo 26 Ordenacion del Territorio y Urbanismo de La Rioja

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Artículo 26. Objeto y naturaleza.

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La Directriz de Protección del Suelo No Urbanizable de La Rioja tiene como objeto establecer las medidas necesarias, en el orden urbanístico y territorial, para asegurar la protección, conservación, catalogación y mejora de los espacios naturales, del paisaje y del medio físico rural.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 04-05-2006 en vigor desde 04-11-2006