Articulo 26 Normas comune...idad Aérea

Articulo 26 Normas comunes en el ámbito de la aviación civil y creación de una Agencia Europea para la Seguridad Aérea

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Artículo 26. Instructores y examinadores

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1. Las personas responsables de impartir entrenamiento de vuelo o entrenamiento de simulación de vuelo o de evaluar la aptitud de los pilotos, así como los médicos examinadores aéreos, deberán ser titulares de un certificado, excepto en aquellas situaciones en las que, como resultado de las medidas de ejecución a que se refiere el artículo 27, apartado 1, letra a), teniendo en cuenta los objetivos y principios establecidos en los artículos 1 y 4 y en particular la naturaleza y el riesgo de la actividad correspondiente, no se requieran tales certificados.

2. Teniendo en cuenta los objetivos y principios establecidos en los artículos 1 y 4 y en particular la naturaleza y el riesgo de la actividad correspondiente, se podrá exigir a toda persona responsable de impartir formación a los tripulantes de cabina de pasajeros o de evaluar su aptitud, que sea titular de un certificado, de conformidad con los actos de ejecución a que hace referencia el artículo 27, apartado 1, letra a).

3. Los certificados a que se refieren los apartados 1 y 2 del presente artículo se expedirán previa solicitud, cuando el solicitante haya demostrado que cumple con los actos de ejecución a que se refiere el artículo 23 adoptados para garantizar la conformidad con los requisitos esenciales previstos en el artículo 20.

4. Los certificados a que se refieren los apartados 1 y 2 del presente artículo especificarán las facultades concedidas.

Los certificados podrán modificarse para añadir o eliminar facultades, de conformidad con los actos de ejecución a que se refiere el artículo 27, apartado 1, letra a).

5. Los certificados a que se refieren los apartados 1 y 2 del presente artículo se podrán limitar, suspender o revocar cuando el titular ya no satisfaga las normas y procedimientos de expedición y mantenimiento de los mismos, de conformidad con los actos de ejecución a que se refiere el artículo 27, apartado 1, letra a).

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-08-2018 en vigor desde 11-09-2018