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Articulo 26 Medidas Urgentes de Agilización y Simplificación de Procedimientos para la Gestión y Ejecución de los Fondos Europeos de Recuperación

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Artículo 26. Seguimiento de los procedimientos de adjudicación y de la ejecución de los contratos.

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Con el objetivo de evitar o minimizar las irregularidades por incumplimiento de las normas de contratación pública aplicables a los contratos financiados con los fondos europeos de recuperación que puedan ser objeto de correcciones financieras y pérdida total o parcial de los citados fondos por gestión irregular de los mismos, la Oficina Central de Contratación constituirá uno o más comités de seguimiento por materias o tipos de contrato, que se encargarán de asesorar y apoyar a las unidades administrativas, responsables de la tramitación de los procedimientos de adjudicación de contratos, de su ejecución y del control de su cumplimiento.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-06-2021 en vigor desde 01-07-2021