Articulo 26 Medidas Fisca... Cantabria

Articulo 26 Medidas Fiscales y Administrativas 2013 de Cantabria

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Artículo 26. Condición de autoridad pública de los funcionarios designados y acreditados por la Dirección General competente en materia de servicios de comunicación audiovisual para el ejercicio de la función inspectora en la Comunidad Autónoma de Cant...

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1. El ejercicio de la función inspectora en materia de servicios de comunicación audiovisual tendente a garantizar el cumplimiento de las normas reguladoras correspondientes se llevará a cabo por los funcionarios designados y acreditados por la Dirección General competente en esta materia quienes tendrán, en el ejercicio de sus funciones, la consideración de autoridad.

2. Los hechos constatados por el personal funcionario que actúe en el ejercicio de las funciones inspectoras referidas en el apartado anterior tendrán valor probatorio cuando se formalicen en documento público, observando los requisitos legales pertinentes, sin perjuicio de las pruebas que en defensa de sus respectivos derechos o intereses puedan señalar o aportar los propios administrados.

3. Los funcionarios que actúen en el ejercicio de las funciones inspectoras en materia de servicios de comunicación audiovisual, en casos de necesidad para un eficaz cumplimiento de su función, podrán solicitar el apoyo necesario de las unidades o destacamentos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y Policías Autónomas o Locales.