Artículo 26 Medidas a fav...Terrorismo

Artículo 26. Protección de la intimidad e imagen.

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Artículo 26. Protección de la intimidad e imagen.

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El Gobierno de Aragón velará por la protección de la intimidad de las víctimas en todas las actuaciones y procedimientos relacionados con el terrorismo, especialmente sus datos de carácter personal, así como de cualquier otra persona vinculada a las mismas por razón de parentesco, convivencia o relación de dependencia y de cualesquiera otras a las que les resulte de aplicación esta Ley.

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