Articulo 26 Impuesto sobr...s de Álava

Articulo 26 Impuesto sobre la Renta de no Residentes de Álava

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Artí­culo 26. Deducciones

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De la cuota sólo se deducirán:

a) Las cantidades correspondientes a las deducciones por donativos en los términos previstos en el apartado 3 del artí­culo 68 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fí­sicas y de modificación parcial de las Leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.

b) Las retenciones e ingresos a cuenta que se hubieran practicado sobre las rentas del contribuyente.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-07-2014 en vigor desde 03-07-2014