Articulo 26 Función públi...xtremadura

Articulo 26 Función pública de Extremadura

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 26. La planificación de los recursos humanos.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. La planificación de los recursos humanos en las Administraciones Públicas de Extremadura, en aras de optimizar el volumen y disposición de su personal, tendrá como objetivo contribuir a la consecución de la eficacia en la prestación de los servicios y de la eficiencia en la utilización de los recursos disponibles mediante la dimensión adecuada de sus efectivos, su mejor distribución, formación, promoción profesional y movilidad.

2. La planificación de los recursos humanos se llevará a cabo a través de los siguientes instrumentos.

a) Planes de ordenación del empleo público.

b) Plantillas presupuestarias.

c) Oferta de empleo público.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 10-04-2015 en vigor desde 10-04-2016