Articulo 26 Estatuto del ...e Gobierno

Articulo 26 Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno

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Artículo 26. De las deliberaciones.

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Las deliberaciones del Consejo de Gobierno tienen carácter reservado. Sus miembros deberán mantener en secreto las opiniones y votos emitidos en el transcurso de sus reuniones, así como la documentación a que hayan podido tener acceso por razón del cargo, en tanto el Consejo no las haga oficialmente públicas. Estas obligaciones seguirán vinculando a quienes pierdan la condición de miembro del Consejo de Gobierno.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2004 en vigor desde 19-01-2005