Articulo 26 Consell Consultiu
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»Artículo 26. Modificaciones en la propuesta remitida al Consejo Consultivo
Vigente
En los supuestos de dictámenes preceptivos sobre proyectos de disposi ciones reglamentarias si tras la emisión del dictamen del Consejo Consultivo dichos proyectos son objeto de modificaciones sustanciales que introducen nue vos contenidos que no responden a las sugerencias o propuestas efectuadas por el Consejo o las exceden, debe realizarse una nueva consulta sobre dichos cam bios.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 22-06-2010 en vigor desde 23-06-2010