Articulo 26 Consejo consu...-Derogada-

Articulo 26 Consejo consultivo de Extremadura -Derogada-

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 26. Del personal de administración y servicios.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Los puestos de trabajo del personal de administración y servicios serán cubiertos en la forma y condiciones fijadas en la relación de puestos de trabajo del Consejo Consultivo, estando sujetos a las normas que, con carácter general, rigen la función pública de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-01-2002 en vigor desde 04-01-2002