Articulo 26 Consejo Consultivo de Andalucía
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»Artículo 26.
Vigente
En los recursos de inconstitucionalidad y en los conflictos positivos de competencia, podrá solicitarse el dictamen simultáneamente a que sean adoptados los acuerdos de interposición o de requerimiento, respectivamente.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 18-04-2005 en vigor desde 09-05-2005