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Articulo 26 Cambio climático y la transición ecológica

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Artículo 26. Principios de actuación

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1. Los destinatarios del artículo 2.2 de esta ley están obligados a colaborar en las políticas públicas de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero en el marco de la legislación estatal básica y de los instrumentos de planificación previstos en la presente ley.

2. La Generalitat impulsará la reducción de emisiones en el ámbito de las administraciones públicas de la Comunitat Valenciana y la incentivará en todos los sectores de la actividad económica.

3. La Generalitat pondrá al alcance de los sectores público y privado guías técnicas y herramientas para facilitar los cálculos de huella de carbono y de absorción de gases de efecto invernadero, así como las actuaciones para conseguir reducir emisiones.

4. Las administraciones competentes impulsarán medidas de comunicación, concienciación y formación en todos los sectores de actividad para favorecer la comprensión de las causas, el significado y el alcance de la crisis climática, así como para facilitar el uso sostenible de los recursos y realizar cualquier actividad con criterios de descarbonización.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-12-2022 en vigor desde 10-12-2022