Articulo 26 Áreas municip... comercial

Articulo 26 Áreas municipales de impulso comercial

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Artículo 26. Gerencia

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1. La gerencia es el órgano encargado de ejecutar los acuerdos de la asamblea y la junta directiva y ejerce las funciones de normal administración de la entidad.

2. La gerencia podrá encomendarse a una persona física o jurídica, en todo caso con profesionalidad y experiencia acreditadas.

3. La gerencia estará presente en las sesiones de la asamblea general y de la junta directiva, con voz, pero sin voto.

4. Son funciones de la gerencia:

a) Elaborar el presupuesto anual y las cuentas anuales de la entidad.

b) Elaborar una memoria anual de gestión de la entidad.

c) Implementar el plan de actuación y proponer planes y programas de actuación de interés para el área municipal de impulso comercial.

d) Dirigir al personal contratado por la entidad de gestión.

e) El resto de las tareas y funciones que la asamblea general o la junta directiva le encomienden o deleguen.