Articulo 26 Administración más ágil
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Artículo 26. Planificación estratégica.

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1. La Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y las entidades vinculadas o dependientes que presten servicios públicos establecerán una planificación plurianual común de modernización digital dirigida a garantizar los derechos de la ciudadanía, incrementar la agilidad de los procesos de gestión administrativa y la calidad de los servicios públicos.

2. El plan definirá los objetivos, prioridades y las actuaciones horizontales o sectoriales que se realizarán para la renovación organizativa, funcional y tecnológica de los servicios, los recursos presupuestarios estimados y los indicadores que permitan verificar su seguimiento e impacto en la implantación de la administración digital.

Asimismo, en su elaboración se deberán preservar los requerimientos de la normativa estatal y autonómica sobre administración electrónica, la participación de la ciudadanía, la capacitación de los empleados, la innovación y mejora continua de los servicios, la renovación tecnológica para garantizar la optimización de los recursos públicos y la disponibilidad y sostenibilidad de los servicios.

3. El Consejo de Gobierno aprobará el plan dentro de los doce meses siguientes a su configuración y, anualmente, se dará cuenta de las actuaciones ejecutadas por la consejería con competencias horizontales sobre administración digital.

4. Las actuaciones contempladas dentro del instrumento de planificación serán declaradas como prioritarias a los efectos de su tramitación interna, organización del personal y garantía en su disponibilidad presupuestaria.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-04-2019 en vigor desde 09-05-2019