Articulo 26 Abanderamiento, matriculación de buques y registro marítimo
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Vigente
En la Dirección General de la Marina Mercante existirá un Libro-Registro de Patentes foliado. En dicho Libro figurarán los datos del expediente de matrícula de los buques que sirven para identificar a éstos.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 15-08-1989 en vigor desde 16-08-1989