Articulo 257 TR de la Ley...ión Urbana

Articulo 257 TR. de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana

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Artículo 257. Parcelaciones

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1. Se considerará parcelación urbanística la división simultánea o sucesiva de terrenos en dos o más lotes cuando pueda dar lugar a la constitución de un núcleo de población.

2. Se considerará ilegal, a efectos urbanísticos, toda parcelación que sea contraria a lo establecido en el planeamiento urbanístico que le sea de aplicación o que infrinja lo dispuesto en la legislación urbanística.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-06-1992 en vigor desde 01-07-1992