Articulo 251 Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cantabria
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»Artículo 251. Régimen de autorización de las parcelaciones y segregaciones.
Vigente
1. Toda parcelación referida a fincas del suelo urbano o urbanizable queda sujeta a licencia municipal.
2. Sin perjuicio del informe previo previsto en el artículo 48 de esta ley, quedan igualmente sujetas a licencia las segregaciones de fincas en el suelo rústico.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 22-07-2022 en vigor desde 22-09-2022