Articulo 250 TR de la ley...imen local

Articulo 250 TR. de la ley municipal y de régimen local

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Artículo 250. Establecimiento y garantía del servicio.

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Para establecer y garantizar la continuidad de los servicios públicos, tienen que determinarse necesariamente:

  1. Las características del servicio.

  2. Las obras y las instalaciones necesarias para la explotación del servicio, con indicación, si procede, de las que tiene que hacer el contratista.

  3. Las tarifas a percibir de los usuarios.

  4. El canon, la participación y la subvención que tiene que satisfacer el ente local, en su caso.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-05-2003 en vigor desde 21-05-2003