Articulo 250 Haciendas Locales

Articulo 250 Haciendas Locales

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 250.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


El control de eficacia tendrá por objeto la comprobación periódica del grado de cumplimiento de los objetivos, así como el análisis del coste de funcionamiento y del rendimiento de los respectivos servicios o inversiones.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-03-1995 en vigor desde 01-01-1996