Articulo 25 Vivienda de Galicia -Derogada-
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»Artículo 25. Uso adecuado y mantenimiento.
Vigente
Las personas usuarias de las viviendas están obligadas a realizar un uso adecuado de las mismas y a llevar a cabo las obras de mantenimiento previstas en el plan de mantenimiento y conservación del edificio del libro del edificio.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-01-2009 en vigor desde 20-04-2009