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Articulo 25 Transparencia y de Participación

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Artículo 25. Información de las ayudas y subvenciones

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1. Los sujetos incluidos en el artículo 2, respecto de las ayudas y subvenciones de sus órganos y de los órganos de los organismos y entidades vinculadas o dependientes, harán pública y mantendrán actualizada la información de las ayudas y subvenciones incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, siguiente:

a) Los planes estratégicos de ayudas y subvenciones aprobados. Asimismo, dichos planes deberán ser publicados en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dentro de los veinte días siguientes a su aprobación.

b) La relación de las líneas de ayudas o subvenciones que tenga previsto convocar durante el ejercicio presupuestario, con indicación de los importes que se destinen, el objetivo o la finalidad y la descripción de los posibles beneficiarios.

c) La relación de ayudas y subvenciones concedidas a lo largo de cada ejercicio, indicando su importe, así como la fórmula empleada para hacer el cálculo y los resultados de los mismos que lleven a ese importe, objetivo o finalidad y beneficiarios. Además, la relación de subvenciones concedidas sin promover la concurrencia, especificando la persona o entidad beneficiaria, el importe, el destino y las motivaciones para su concesión, se publicará trimestralmente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dentro del mes siguiente a la finalización de cada trimestre natural.

2. La publicación de la información pública descrita en el apartado anterior detallará: el plazo de ejecución, pagos anticipados o a cuenta, importe justificado, cuantías pagadas, resoluciones de reintegro y sanciones impuestas.

3. La publicación de los beneficiarios de las ayudas y subvenciones concedidas prevista en el apartado 1 del presente artículo no se realizará cuando la publicación de los datos del beneficiario en razón del objeto de la subvención pueda ser contraria al respeto y salvaguarda del honor, la intimidad personal y familiar de las personas físicas de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-04-2019 en vigor desde 01-01-2020