Articulo 25 TR. de la Ley del Turismo
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»Artículo 25. Libertad de empresa.
Vigente
El ejercicio de la actividad turística empresarial es libre, sin más limitaciones que las establecidas en las leyes, bajo la forma de empresario individual o colectivo, de acuerdo con la legislación civil y mercantil.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-08-2016 en vigor desde 04-08-2016