Articulo 25 Reglamento de Procedimiento del Tribunal General
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»Artículo 25. Criterios de atribución
Vigente
1. El Tribunal General fijará los criterios con arreglo a los cuales se repartirán los asuntos entre las Salas. El Tribunal General podrá encargar a una o varias Salas el conocimiento de los asuntos en materias específicas.
2. Esta decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 23-04-2015 en vigor desde 01-07-2015