Articulo 25 Reglamento de...bvenciones

Articulo 25 Reglamento de la Ley de subvenciones

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Artículo 25. Tramitación anticipada.

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1. La convocatoria podrá aprobarse en un ejercicio presupuestario anterior a aquél en que vaya a tener lugar su resolución, cuando se cumpla alguna de las circunstancias siguientes:

a) Que exista crédito suficiente previsto en el proyecto de presupuestos de la comunidad autónoma aprobado por el Consello de la Xunta de Galicia para el ejercicio siguiente a aquél en el que se apruebe la convocatoria.

b) Que exista normalmente crédito adecuado y suficiente en los presupuestos de la comunidad autónoma para la cobertura presupuestaria del gasto. A estos efectos se entiende que existe normalmente crédito adecuado y suficiente cuando en los tres últimos ejercicios el importe de los créditos aprobados por las respectivas leyes de presupuestos es, en cada uno de los ejercicios, igual o superior al que resulte de añadir al importe de la convocatoria el total de los compromisos existentes a la fecha del inicio del expediente y referidos al ejercicio en el que vaya a tener lugar la resolución.

2. En estos casos deberá hacerse constar expresamente en la convocatoria que la concesión de las subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.

3. En los supuestos en que el crédito presupuestario que resulte aprobado en la Ley de presupuestos fuera superior a la cuantía inicialmente estimada, el órgano concedente podrá decidir su aplicación o no a la convocatoria, después de la tramitación del correspondiente expediente de gasto antes de la resolución, sin necesidad de nueva convocatoria.

4. Todos los actos de trámite dictados en el expediente de gasto se entenderán condicionados a que en el momento de dictarse la resolución de concesión subsistan las mismas circunstancias de hecho y de derecho existentes en el momento en que fueron producidos dichos actos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-01-2009 en vigor desde 01-03-2009