Articulo 25 Reglamento de...Terrestres

Articulo 25 Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres

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Artículo 25.

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Los planes de transporte regulados en los artículos 15 y 16 de la LOTT podrán ser generales o estar referidos únicamente a determinados modos o clases de transporte. Por razón de su ámbito podrán ser nacionales, cuando afecten a todo el Estado, y territoriales, cuando se extiendan únicamente a una parte de éste.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 08-10-1990 en vigor desde 28-10-1990