Articulo 25 Reglamento de...Industrial

Articulo 25 Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial

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Artículo 25. Incompatibilidades.

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Las entidades de certificación no podrán certificar empresas, productos, procesos o servicios, cuando hayan participado en las actividades de asesoría o consultoría previas relativas a tales certificaciones.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 06-02-1996 en vigor desde 07-02-1996