Articulo 25 Reconocimient...Terrorismo

Articulo 25 Reconocimiento, Homenaje, Memoria y Dignidad a las Víctimas del Terrorismo

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 25. Situaciones excepcionales de necesidad.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


El Consejo de Gobierno podrá conceder excepcionalmente ayudas para paliar situaciones personales o familiares de necesidad, que sean evaluables y verificables, cuando se observe la insuficiencia del montante de las ayudas ordinarias para cubrir adecuadamente estos su- puestos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 14-04-2023 en vigor desde 15-04-2023