Articulo 25 Montes y Gestión Forestal Sostenible
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Artículo 25. Agrupación de montes.

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La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha fomentará la agrupación de montes, públicos o privados, con el objeto de facilitar una ordenación y gestión integrada mediante instrumentos de gestión forestal que asocien a propietarios de pequeños predios forestales.

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  • Texto Original. Publicado el 23-06-2008 en vigor desde 13-07-2008