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Articulo 25 Medidas fiscales, administrativas y de ordenación

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Artículo 25. Flujos financieros

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Se modifica el artículo 92 del texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia, aprobado por el Decreto legislativo 1/1999, de 7 de octubre, que queda redactado como sigue:

«Artículo 92. Flujos financieros

Para una mejor gestión de la Tesorería y un adecuado análisis de su funcionamiento, deberá elaborarse trimestralmente un cuadro de seguimiento de los flujos financieros derivados de la actividad del sector público autonómico afectado por lo dispuesto en este título, en el marco de las previsiones de un presupuesto monetario».

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-02-2017 en vigor desde 10-02-2017