Articulo 25 Medidas fisca...de Galicia

Articulo 25 Medidas fiscales y administrativas 2022 de Galicia

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Artículo 25. Modificación del Decreto 73/2020, de 24 de abril, por el que se regulan los aprovechamientos madereros y leñosos, de corcho, de pastos, micológicos y de resinas en montes o terrenos forestales de gestión privada en la Comunidad Autónoma de Galicia

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El Decreto 73/2020, de 24 de abril, por el que se regulan los aprovechamientos madereros y leñosos, de corcho, de pastos, micológicos y de resinas en montes o terrenos forestales de gestión privada en la Comunidad Autónoma de Galicia, queda modificado como sigue:

Se añade una letra g) en el número 2 del artículo 24, que queda redactada como sigue:

«g) A los efectos del cumplimiento de lo previsto en la normativa sobre legalidad de la madera, las talas de arbolado a realizar en suelo rústico de especial protección agropecuaria que tengan por finalidad su adecuación a la naturaleza del suelo o al Catálogo de suelos agropecuarios y forestales.

Con la declaración responsable, la persona interesada deberá declarar, asimismo, que dispone del informe sectorial favorable de la dirección general u organismo competente en materia de desarrollo rural sobre la procedencia de la adecuación del uso agrícola y de las operaciones a efectuar, así como sobre el plazo máximo para su ejecución y las condiciones a respetar, que tendrán en consideración la legislación sectorial correspondiente, incluyendo en la declaración la fecha de ese informe».

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2022 en vigor desde 01-01-2023