Articulo 25 Medidas Financieras 2005 C. León
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»Artículo 25. Modificación del apartado 3 del artículo 166.
Vigente
Se añade una nueva letra d) al apartado 3 del artículo 166 de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León, relativo a las cuotas de la Tasa por servicios farmacéuticos, que queda redactada de la siguiente forma:
«d) Por la acreditación para la elaboración de fórmulas magistrales y preparados oficinales para la dispensación en el propio establecimiento o autorización para la elaboración de fórmulas magistrales y preparados oficinales para terceros: 87,05 euros.»
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-12-2005 en vigor desde 01-01-2006