Articulo 25 Medidas de ag...esiliencia

Articulo 25 Medidas de agilización administrativa y racionalización de los recursos para el impulso a la recuperación y resiliencia

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Artículo 25. Modelos de pliegos de cláusulas administrativas particulares tipo.

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1. Con el fin de homogeneizar y agilizar los procesos de contratación financiados con cargo a los fondos europeos por parte de los diferentes órganos de contratación del sector público andaluz, la Comisión Consultiva de Contratación Pública de la Administración de la Junta de Andalucía, previo informe del Gabinete Jurídico, dictará recomendaciones sobre el uso de modelos de pliegos de cláusulas administrativas particulares, al amparo de lo previsto en el artículo 49 del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados.

2. El uso de los modelos de pliegos de cláusulas administrativas particulares a los que se refiere el apartado anterior será obligatorio salvo justificación en contrario de la que se deberá dejar constancia en el expediente.

3. Los pliegos de cláusulas administrativas particulares que se ajusten al contenido de los modelos no requerirán nuevo informe del Gabinete Jurídico, limitándose este a los anexos y a las modificaciones que, en su caso, se hayan operado sobre los mismos.

4. Los modelos de pliegos de cláusulas administrativas particulares de contratos financiados con cargo a los fondos europeos incorporarán criterios medioambientales, digitales, de innovación, de potenciación de pymes y de responsabilidad social, al amparo de lo establecido en la normativa aplicable en materia de contratación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-02-2021 en vigor desde 23-02-2021