Articulo 25 Gobierno andaluz
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Artículo 25. Incompatibilidades.

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Las personas miembros del Consejo de Gobierno están sometidas al mismo régimen de incompatibilidades que el Presidente o la Presidenta de la Junta de Andalucía.

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  • Texto Original. Publicado el 07-11-2006 en vigor desde 27-11-2006