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Articulo 25 Fomento a la participación ciudadana

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Artículo 25. Fomento del asociacionismo.

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1. Todas las personas tienen derecho a participar directamente o través de sus asociaciones en la gestión de los asuntos públicos.

2. Los poderes públicos canarios fomentarán y apoyarán el asociacionismo y el voluntariado, considerados ambos como la expresión colectiva del compromiso de la ciudadanía.

3. A tal efecto, los poderes públicos canarios podrán adoptar medidas normativas y, dentro de sus posibilidades presupuestarias, medidas económicas de fomento como ayudas, subvenciones, convenios, cursos de formación y capacitación, servicios de asesoramiento y cualquier otra forma de colaboración que resulte adecuada para esta finalidad.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-06-2010 en vigor desde 20-07-2010